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año:2011
 
institución:JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 06216 11 de julio, 2011 DCA-1774 Señor Jorge A. Villalobos F. Jefe Departamento de Proveeduría Junta de Protección Social Estimado señor Asunto: Se deniega el refrendo por no requerirlo al contrato No. 000008 suscrito por la empresa Seguridad y Vigilancia SEVIN Ltda y la Junta de Protección Social, para la contratación de servicios de vigilancia en las agencias, producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000004-PROV. Nos referimos a su oficio DP 1472 de fecha 1 de julio de 2011, mediante el cual remite para refrendo un contrato suscrito por la Junta de Protección Social y la empresa SEVIN Ltda., el cual tiene por objeto la contratación de servicios de vigilancia en las Agencias y que se deriva de la Licitación Pública No. 2010LN-000004-PROV “Servicios de vigilancia en el Cementerio General, Metropolitano, agencias, imprenta y el edificio central”. I. Sobre el caso particular De conformidad con la consignado en el oficio de remisión, la información que consta en el expediente administrativo y el contenido del propio contrato, se tiene que en efecto, se promovió la licitación pública No. 2010LN-000004-PROV, cuyo acto de readjudicación recayó a favor de la empresa Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda., en la línea denominada Agencias por un monto anual de ¢26.700.000,00, lo cual fue publicado en La Gaceta del 15 de junio del 2011. Asimismo, en el contenido del contrato, particularmente en la cláusula segunda de éste, se dispone expresamente que la vigencia de la contratación será de un año contado a partir de la fecha de inicio que se notifique por parte de la Institución y una vez que sea debidamente refrendado, plazo que podrá ser prorrogado por período sucesivos iguales hasta un máximo de tres años más. Por otra parte, la cláusula tercera del contrato dispone que “El precio total del servicio es de VEINTISÉIS MILLONES ...
Fecha publicación: 14/07/2011
Fecha emisión: 11/07/2011
Documento: 06216-2011.pdf
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04459 19 de mayo de 2011 DCA-1317 Señor Jorge A. Villalobos F. Jefe, Departamento de Proveeduría Junta de Protección Social Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato, y adenda suscrita el día 03 de mayo del año 2011, entre la Junta de Protección Social y la empresa Pollard Banknote Limited, producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000001-PROV, para el “Contrato suministro de lotería instantánea” Nos referimos a su oficio No. DP-284 mediante el cual solicita refrendo al contrato producto de la Licitación Pública No. 2010LN-000001-PROV. La gestión presentada fue complementada a solicitud de este Despacho mediante oficios No. DP- 571, DP-676, DP-812, DP-921. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” y realizado el análisis de rigor, devolvemos el contrato y adenda de referencia, debidamente refrendados y condicionados a los siguientes aspectos: 1. El refrendo se otorga bajo el entendido que todas las cláusulas del contrato original originalmente, se mantienen incólumes a excepción de las cláusulas que por la adenda se modifican. 2. Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario suficiente y disponible para atender las erogaciones provenientes de esta contratación, para lo cual deberán adoptarse las medidas pertinentes para dotar del contenido económico en períodos presupuestarios subsiguientes. 3. Se hace ver lo indicado en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, cuando indica: “Es entendido que la solución técnica adoptada por la Administración es de su entera discrecionalidad y responsabilidad…” siendo, además, responsabilidad de la entidad licitante haber verificado el cumplimi ...
Fecha publicación: 24/05/2011
Fecha emisión: 19/05/2011
Documento: 04459-2011.pdf
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03837 02 de mayo de 2011 DCA-1119 Señor Jorge Villalobos F. Jefe del Departamento de Proveeduría. Junta de Protección Social de San José Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato celebrado entre la Junta de Protección Social y Televisora de Costa Rica S.A., para la producción y transmisión del programa la Rueda de la Fortuna, producto de la licitación pública 2010LN- 000006-PROV. Nos referimos a su oficio DP 840 de fecha 25 de abril del año en curso, mediante el cual remite a este Órgano Contralor para trámite de refrendo, el contrato celebrado entre la Junta de Protección Social y Televisora de Costa Rica S.A., para la producción y transmisión del programa la Rueda de la Fortuna, producto de la licitación pública 2010LN-000006-PROV. El contrato de cita, es refrendado bajo los siguientes comentarios y condiciones: I. Antecedentes: De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. De acuerdo con el acto de adjudicación JD-170 artículo V) inciso 4), de la sesión ordinaria 13- 2011 del 5 de abril del 2011, se adjudicó a Televisora de Costa Rica la licitación de marras, lo anterior visible a folios 06 a 12 del apartado de adjudicación del expediente administrativo y su publicación en la Gaceta 73, del 14 de abril del 2011 visible al folio 12 del citado apartado. 2. Con vista al folio 21 del apartado correspondencia del expediente, se hace constar en la certificación de contenido presupuestario, emitida por Mónica Sequeira Montoya y Evelyn Blanco Montero, que cuentan con ¢438.960.090.64, para cubrir los gastos que genere este contrato en el periodo 2011. 3. De conformidad con lo señalado en el cartel, la empresa adjudicataria Televisora de Costa Rica S.A., aportó la suma de ¢1.646.100 por concepto de especies fiscales ...
Fecha publicación: 05/05/2011
Fecha emisión: 02/05/2011
Documento: 03837-2011.pdf
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 00027 11 de enero, 2011 DCA-0015 MAE Francisco Ibarra Arana Gerente General Junta de Protección Social de San José Fax: 2255-3825 Estimado señor: Asunto: Se refrenda el convenio suscrito entre la Junta de Protección Social de San José y la Unión de Clubes de Fútbol de Primera División (UNAFUT), utilización de los nombres y logos de los clubes de fútbol nacional agremiados en la UNAFUT, de cuantía inestimable. Me refiero a su oficio G.3290-2010 del 7 de diciembre del año pasado, mediante el cual solicita el refrendo del convenio referido en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al convenio de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente: 1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por el licenciado Olman Brenes Brenes, Jefe de Contabilidad y Presupuesto (ver folio 59 del expediente administrativo). En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación. 2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que la UNAFUT se mantenga al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folio 62 del expediente administrativo). 3) El cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas (ver folios 54 al 57 del expediente administrativo). 4) En cuanto el precio, con fundamento en el artículo 9 del Reglamento del Refrendo, queda bajo la responsabilidad de la Administración la razonabilidad del precio que se vaya a cancelar, ya que conforme lo sostenido por la anterior División de Contratación Administrativa: “...la verificación de la razonabilidad del precio es un aspecto que es responsabilidad ...
Fecha publicación: 14/01/2011
Fecha emisión: 11/01/2011
Documento: 00027-2011.pdf
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS